Redacción: Tu Seguro Coche
Actualizado el 13/10/2026
Contenido informativo elaborado con apoyo de IA. No consta revisión profesional individual. Consulta las condiciones de tu póliza para tu caso.

La Ley de Contrato de Seguro no establece que todo siniestro deba liquidarse por completo en 40 días. Su artículo 18 obliga al asegurador a pagar, dentro de los 40 días siguientes a la recepción de la declaración, el importe mínimo de lo que pueda deber según las circunstancias conocidas. La indemnización completa procede al terminar las investigaciones y peritaciones necesarias. Por eso conviene distinguir anticipo mínimo, liquidación final y posible mora.
Desde cuándo se cuentan los 40 días
El punto de partida legal es la recepción de la declaración del siniestro por la entidad. Guarda el justificante con fecha y referencia: un borrador, una llamada sin número de expediente o el envío a un contacto que no sea el canal indicado pueden dificultar la prueba.
Comunica el hecho sin esperar a conocer el coste definitivo. El artículo 16 fija un plazo general de siete días desde que se conoce el siniestro, salvo que la póliza conceda uno mayor. Después puedes aportar facturas, fotografías o informes adicionales que la entidad solicite.
Qué es el importe mínimo
No equivale necesariamente al total reclamado ni a una cantidad fija. Es la parte que, con los datos disponibles, el asegurador pueda reconocer como debida. Si todavía se discute la causa, el alcance o la valoración, pide que la entidad explique por escrito qué extremos siguen pendientes.
Si el daño afecta a un coche, revisa también el criterio de valoración en un siniestro total. Para aclarar garantías antes de contratar o renovar, puedes contactar con Tu Seguro Coche por WhatsApp +34 711 55 71 96 o info@tusegurocoche.es. Ese contacto no comunica un siniestro a tu aseguradora.
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Pago, reparación o reposición
Cuando la naturaleza del seguro lo permita y el asegurado lo consienta, el artículo 18 admite sustituir la indemnización por reparación o reposición. No des por hecho que autorizar una peritación equivale a aceptar cualquier reparación, ni que llevar el vehículo a un taller confirma automáticamente el pago.
Antes de aceptar una solución, solicita por escrito:
- La garantía aplicada y el daño admitido.
- El presupuesto o valoración que se toma como base.
- Las franquicias, límites y depreciaciones, si proceden.
- Quién autoriza el trabajo y quién abona cada importe.
- Si la propuesta liquida todo el expediente o solo una parte.
Cuándo puede existir mora del asegurador
El artículo 20 regula la mora cuando el asegurador no cumple su prestación en tres meses desde el siniestro o no paga el importe mínimo dentro de 40 días, salvo causa justificada o que no le sea imputable. Ese precepto contiene reglas específicas para los intereses. Aplicarlo a un caso concreto exige revisar fechas, documentación, causa del retraso y contrato; no conviene calcular una cifra automática sin ese análisis.
Ejemplo de cronología
Una persona comunica un golpe cubierto el 2 de marzo y recibe número de expediente. El 12 de marzo aporta las fotografías pedidas y el 25 se realiza la peritación. Para revisar el plazo, conserva cada fecha, la decisión sobre cobertura y cualquier propuesta de pago o reparación. El ejemplo no determina que exista mora ni anticipa una indemnización.
Qué hacer si el expediente no avanza
Pide una actualización concreta: documentos pendientes, actuaciones realizadas, importe reconocido y motivo de cualquier rechazo. Responde por un canal que deje constancia y evita enviar varias versiones contradictorias.
Si no estás conforme, presenta una reclamación al servicio de atención al cliente o defensor del cliente de la entidad. Nuestra guía para reclamar a una aseguradora y acudir a la DGSFP explica la prueba de presentación y el alcance no vinculante del informe del supervisor. Una reclamación no suspende automáticamente otros plazos.
Preguntas habituales
¿La aseguradora debe pagar todo antes del día 40?
No necesariamente. La regla de 40 días se refiere al importe mínimo que pueda deber según lo conocido. La liquidación final depende de las investigaciones y peritaciones necesarias.
¿Puedo reparar antes de recibir autorización?
Consulta el procedimiento de la póliza y preserva pruebas. Reparar sin coordinación puede dificultar la comprobación del daño o generar desacuerdos sobre el coste.
¿Tu Seguro Coche puede tramitar mi siniestro?
No desde esta página. Publicamos información general y recogemos consultas sobre productos cuando están disponibles; los partes deben dirigirse a la entidad correspondiente.
Revisa la póliza antes de decidir
Compara modalidades y coberturas de coche y conserva las condiciones aplicables. Para una consulta general sobre contratación o renovación, usa WhatsApp +34 711 55 71 96 o info@tusegurocoche.es. No envíes documentación sensible en el primer mensaje.
Fuentes y comprobaciones
BOE · Ley de Contrato de Seguro (texto consolidado)
https://www.sededgsfp.gob.es/es/Paginas/Procedimiento.aspx?pr=14
Las condiciones particulares y generales de tu póliza determinan las garantías de tu caso. Las fotografías son ilustrativas y no muestran ofertas ni profesionales colaboradores.
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